¿Cómo hacer una denuncia por amenazas en Argentina?

Recibir una amenaza puede causar miedo e inseguridad. La posibilidad de agredido puede alterar la salud mental, generando angustia y ansiedad, entre otros síntomas. Por eso, si alguien te amenaza no debes dudar en buscar ayuda.

Si fuiste víctima de amenazas y temes por tu seguridad o la de tu familia, puedes denunciar o pedir asesoramiento a través de estos contactos:

  • En caso de emergencia llamar al 911. Esta es una línea gratuita, disponible en todo el territorio nacional
  • En Argentina existen distintos Centros de Acceso a la Justicia que brindan atención y asesoramiento de manera virtual y telefónica. Los teléfonos de los CAJ son los siguientes:

CABA: 11 3310 8480

PROVINCIA DE BUENOS AIRES: 11 3310 7947

CUYO (Mendoza, San Luis, San Juan, La Rioja): 264 4430111

NOA (Tucumán, Santiago del Estero, Catamarca, Jujuy, Salta): 385 5147941

NEA (Formosa, Chaco, Misiones, Corrientes): 370 4960176: .

CENTRO LITORAL (Córdoba, Entre Ríos, Santa Fe): 351 153113579

PATAGONIA (La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego): 294 4519651

CENTRAL DE ATENCIÓN TELEFÓNICA PARA BARRIOS POPULARES: 0800 222 3425

  • En CABA puedes denunciar telefónicamente, llamando al 0800 333 47225. También de manera online, ingresando en este sitio.
  • En Córdoba, las denuncias por amenazas deben hacerse personalmente:

En las Unidades Judiciales de todo el territorio provincial, las 24 hs., los 365 días del año.

En las Fiscalías de Instrucción de cada sede judicial, de lunes a viernes de 8.00 a 14.00 hs.

En la comisaría más cercana.

También puedes informarte en la Oficina de Atención Ciudadana del Poder Judicial de Córdoba. Puedes hacerlo personalmente, en calle Bolívar N.º 250; por teléfono: 0351-4481000 int. 10091; o por correo electrónico atencionciudadana@justiciacordoba.gob.ar.

Índice
  1. ¿Cuál es el procedimiento?
  2. ¿Qué es considerado una amenaza?
    1. ¿Cuáles son los tipos de amenazas?

¿Cuál es el procedimiento?

Antes de presentar una denuncia por amenazas, es fundamental que consultes con un abogado, ya que la denuncia es de índole penal. El profesional te va a asesorar sobre las pruebas que se pueden aportar y los pasos a realizar. Es importante hacerlo rápido, para que estés más protegido ante posibles agresores.

Lo aconsejable es radicar la denuncia en la comisaría u oficina judicial que por jurisdicción corresponda, es decir, según tu ubicación y donde se dieron las amenazas. Deberás concurrir, siempre que sea posible, con un documento que acredite tu identidad.

Otro aspecto a tener muy en cuenta es aportar toda la información posible al momento de denunciar. Todo lo que permita constatar cómo se produjo la acción e identificar al culpable. A continuación, te contamos la documentación o pruebas que podés acercar cuando vayas a denunciar:

  • Grabaciones de video, audio o fotografías de la situación. En este punto es necesario considerar la protección de la intimidad y de los datos personales.
  • Grabación de llamadas, cuando las amenazas sean telefónicas. En este caso deberás consultar previamente con un abogado, que te va a indicar cómo presentar las grabaciones para que la prueba sea válida.
  • Testigos. Personas que hayan presenciado las amenazas y puedan brindar su testimonio.
  •  Copias de mensajes y capturas de pantalla de conversaciones. Pueden ser mensajes de WhatsApp, de correo electrónico, redes sociales (Facebook, Instagram, Twitter) o de otras aplicaciones.
  • Informes de pericias médicas. A través de los informes médicos se puede probar el daño que te produjeron las amenazas.

Otros aspectos importantes a tener en cuenta:

  • Formular una denuncia no tiene ningún costo.
  • Una vez efectuada la denuncia, te tienen que entregar una constancia de la misma.
  • Como denunciante, te corresponde responsabilidad por el delito de Falsa Denuncia, contemplado en el artículo 245 del Código Penal.

¿Qué es considerado una amenaza?

El delito de amenazas se da cuando una persona advierte a otra su intención de generarle algún daño o mal. Este delito está descrito en el artículo 149 bis del Código Penal Argentino.

Dentro del Código Penal, figura en el apartado de los delitos contra la libertad, pues afecta la libertad psíquica del individuo. Las amenazas, para ser consideradas delito, deben tener la aptitud suficiente para causar amedrentamiento. Es decir, dichos o hechos que anuncian un mal futuro, grave, cierto, posible. Un daño que depende de la acción de la persona que amenaza.

Las amenazas son tomadas como ataques a la libertad porque suponen el ejercicio de una presión sobre la víctima para que haga o no haga algo. Para tal fin, emplean el miedo y alteran la tranquilidad de quien recibe las amenazas.

¿Cuáles son los tipos de amenazas?

Nuestro Código Penal no describe o diferencia tipos de amenazas, como sí lo hacen otras reglamentaciones penales nacionales (España, por ejemplo). No se tipifican amenazas leves o graves, verbales, condicionales o cualquier otra. 

Lo que sí figura en nuestro Código Penal son las agravantes a las penas del delito. El artículo 149 Bis asigna una pena de prisión de seis meses a dos años “para quien impartiere amenazas con el fin de alarmar o amedrentar a una o más personas”. A partir de allí, la pena se eleva de uno a tres años de prisión cuando fueran utilizadas armas para cometer el delito. Otra agravante, igualmente importante que el uso de armas, es el anonimato al momento de cometer las amenazas.

La continuación del Artículo 149 eleva a pena de cinco a diez años de prisión para los siguientes casos:

  • Si las amenazas intentan obtener beneficios por parte de cualquier miembro de los poderes públicos;
  • Si las amenazas tuvieran el propósito de obligar a alguien a  abandonar el país, su provincia, su lugar de residencia habitual o su trabajo.

Jose

Editor de contenidos para comodenunciar.info Me formé en periodismo y realicé mis primeros trabajos en el área en producción gráfica. En 2009 comencé a escribir en blogs y medios de comunicación.

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