Denunciar por incumplimiento de cuota alimentaria

Judicialmente, si tienes hijos o hijas a cargo y te separase de su padre o madre, puedes solicitar la cuota alimentaria para garantizar los recursos para tus hijos.

La cuota alimentaria es la obligación que tienen los padres de dar alimentos a sus hijos. Esta cuota debe ser pagada por el progenitor que no conviva con el/los hijos, e incluye alimentos y gastos para la subsistencia como vivienda, educación, vestimenta y salud.

Por lo general, esta cuota se establece por vía judicial, pero también los padres pueden acordarlo de palabra. Incluso, si los hijos son mayores de 18 años pueden solicitar cobrarla personalmente, sin que alguno de los padres la administre. La obligación de cumplir con la cuota alimentaria, en Argentina, se entiende hasta los 21 años de los hijos o hasta los 25 en caso de que continúen sus estudios de manera regular. 

En este artículo te respondemos las dudas más frecuentes.

Índice
  1. ¿Qué se puede hacer cuando un padre o madre no cumple con la cuota alimentaria?
  2. Ley para los padres que no cumplen con la cuota alimentaria
  3. ¿Quién paga la cuota alimentaria cuando el papá o mamá no tiene trabajo?
  4. ¿Qué pasa con la cuota si el padre o madre trabaja en negro?
  5. ¿Cuándo cesa la cuota alimentaria en Argentina?
  6. ¿Cuánto tarda un juicio por cuota alimentaria?
  7. ¿Cómo es el retroactivo de las cuotas alimentarias no pagas?
  8. ¿Cómo calcular la cuota alimentaria en Argentina?

¿Qué se puede hacer cuando un padre o madre no cumple con la cuota alimentaria?

Si no se cumple con el pago de la cuota alimentaria correspondiente, según la ley 13.944, puede realizarse una denuncia civil y penal por incumplimiento. Sin embargo, esta denuncia debe probar que el o la progenitora poseen los medios económicos para cumplir dicha obligación y no lo hace de manera voluntaria.

Ley para los padres que no cumplen con la cuota alimentaria

El artículo 1 y 2 de la ley 13.944 Argentina, prevé las penas o castigos para aquellos padres que no cumplen con el pago de la cuota alimentaria; estas medidas son efectivas luego de realizada la denuncia civil y/o penal. 

Acá te contamos qué dice cada artículo que ampara estas situaciones, en el Código Civil y Comercial de la Nación.

El artículo 1 de dicha ley, plantea que: "Se impondrá prisión de un mes a dos años o multa de $750 a $25000 a los padres que, aún sin mediar sentencia civil se substrajeren a prestar los medios indispensables para la subsistencia a su hijo menor de 18 años, o de más si estuviere impedido". 

Es decir: si el progenitor responsable de pagar la cuota alimentaria no aporta dinero para la subsistencia de el o los hijos, aunque no haya una medida civil previa puede ser castigado con las multas mencionadas.

El artículo 2 de la ley 13.944, establece penas para casos agravados: "será reprimido con la pena de 1 a 6 años de prisión, el que con la finalidad de eludir el cumplimiento de sus obligaciones alimentarias, maliciosamente destruyere, inutilizaré, dañaré, ocultaré, o hiciere desaparecer bienes de su patrimonio o fraudulentamente disminuyere su valor y de esta manera frustraré, en todo o en parte el cumplimiento de dichas obligaciones".

Por ejemplo, es muy común que algunos progenitores se nieguen a pagar la cuota alimentaria solo por malicia o desacuerdo; como el monto de la cuota se calcula con base en los ingresos y bienes del progenitor, en muchos casos  estos ponen bienes inmuebles a nombre de otra personas, o declaran menos ingresos de los que perciben para pagar menos en concepto de alimentos. Si esto se demuestra en la justicia, las penas aplicables son de prisión.

¿Quién paga la cuota alimentaria cuando el papá o mamá no tiene trabajo?

El código Civil y Comercial de la Nación establece que en caso de que el o la progenitora se encuentre desempleado y, por tanto, no pueda cumplir con la obligación de la cuota, la demanda de alimentos deben cubrirla los abuelos.

En estos casos, quien reclama debe demostrar que no se cumple con la cuota; recién ahí la justicia habilitará a que la responsabilidad caiga en los abuelos. En caso de existir cuatro abuelos, la justicia determinará cuál de ellos será el responsable de pagar la cuota, ya que solo uno debe cumplir con el pago de alimentos.

¿Qué pasa con la cuota si el padre o madre trabaja en negro?

Si quien debe pagar la cuota alimentaria, cuenta con un trabajo no registrado o independiente en el cual se desconoce con exactitud el monto del ingreso mensual, de igual manera de justicia fija un monto en porcentaje al Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para esto, se tienen en cuenta los gastos que se acrediten de el o los hijos teniendo en cuenta por ejemplo si se paga o no alquiler, gastos de salud, educación, entre otros.

También en estos casos, puede reclamarse a los abuelos.

No obstante, el fallo judicial y el monto dependerá de cada caso particular.

¿Cuándo cesa la cuota alimentaria en Argentina?

Los progenitores tienen la obligación de pagar cuota alimentaria hasta que el o los hijos cumplan 21 años.

Sin embargo, si los hijos continúan su estudios de manera regular, la obligación se extiende hasta los 25 años.

¿Cuánto tarda un juicio por cuota alimentaria?

Una vez presentada la demanda, se llama a audiencia en un lapso de 10 (diez) días; en ese momento, el o la jueza variante fijará el monto, o pueden acordarlo entre las partes. Lo importante: comienza a tener validez desde ese mismo momento.

¿Cómo es el retroactivo de las cuotas alimentarias no pagas?

El nuevo Código Civil y Comercial, en su artículo 669, habilita a que se exija el reembolso de lo gastado hasta el inicio de la demanda.

Para eso, el o la demandante deben presentar comprobantes de los gastos, por ejemplo recibos de cuota escolar, alimentos, factura de cobertura médica, etc., por el periodo en demanda.

¿Cómo calcular la cuota alimentaria en Argentina?

Se podrá generar un calculador automático estilo https://www.paranaonline.com.ar/calculadora-cuota-alimentaria/

Jose

Editor de contenidos para comodenunciar.info Me formé en periodismo y realicé mis primeros trabajos en el área en producción gráfica. En 2009 comencé a escribir en blogs y medios de comunicación.

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